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Seguridad vial, un compromiso de todos

14 mayo 2014 Muévete

La seguridad vial es un compromiso de todo ciudadano colombiano. Conoce qué dice la Ley 1503 de 2011 al respecto.

Persona conduciendo automóvil

A partir del 29 de diciembre de 2011, la enseñanza y promoción de la seguridad vial está reglamentada en Colombia con la expedición de la Ley 1503, con la que se incentiva la formación de hábitos, comportamientos y conductas seguras en la vía para niños, jóvenes y adultos.

Esta preocupación gubernamental está basada en impresionantes cifras: de acuerdo a la Organización Mundial de la Salud, cada año fallecen 1.3 millones de personas en accidentes de tránsito y entre 20 y 50 millones sufren traumas debido a estos hechos. Por eso, en las comunidades, establecimientos educativos y empresas del país, la seguridad vial debe estar presente para generar conciencia sobre las prácticas seguras a la hora de transitar por la vía.

Te contamos los datos más importantes de la ley 1503 del 29 de diciembre de 2011.

¿Qué es la educación vial?

Según la presente ley : “La educación vial consiste en acciones educativas, iniciales y permanentes, cuyo objetivo es favorecer y garantizar el desarrollo integral de los actores de la vía, tanto a nivel de conocimientos sobre la normativa, reglamentación y señalización vial, como a nivel de hábitos, comportamientos, conductas y valores individuales y colectivos, de tal manera que permita desenvolverse en el ámbito de la movilización y el tránsito en perfecta armonía entre las personas y su relación con el medio ambiente, mediante actuaciones legales y pedagógicas, implementadas de forma global y sistémica, sobre todos los ámbitos implicados y utilizando los recursos tecnológicos más apropiados”.

Y las empresas, ¿cómo aportan a la educación vial?

Las organizaciones colombianas también tienen un deber ineludible con la seguridad vial. Por eso, en la Ley 1503 también hay una importante misión para ellas. Así, “toda entidad, organización o empresa del sector público o privado que para cumplir sus fines misionales o en el desarrollo de sus actividades posea, fabrique, ensamble, comercialice, contrate o administre flotas de vehículos automotores o no automotores superiores a diez unidades, o contrate o administre personal de conductores, contribuirán al objeto de la presente ley, deberá diseñar el Plan Estratégico de Seguridad Vial que será revisado cada dos años para ser ajustado en lo que se requiera.

Este plan contendrá, como mínimo, las siguientes acciones:

  1. Jornadas de sensibilización del personal en materia de seguridad vial.
  2. Compromiso del personal de cumplir fielmente todas las normas de tránsito.
  3. Oferta permanente, por parte de la entidad, organización o empresa, de cursos de seguridad vial y perfeccionamiento de la conducción.
  4. Apoyar la consecución de los objetivos del Estado en materia de seguridad vial.

Seguridad vial, para estudiantes

Por sus grandes ventajas para la formación de las personas, la presente ley se configura como una opción pedagógica “establecimientos educativos estatales y privados incorporarán la enseñanza de seguridad vial como una opción en el proyecto pedagógico que permite a los estudiantes que cursan los dos años correspondientes a la educación media realizar el ‘servicio social obligatorio… este programa podrá ser ejecutado por el establecimiento en forma conjunta con entidades gubernamentales y no gubernamentales especializadas en el tema”.

Entre los contenidos que deben impartirse en los establecimientos educativos sobre el tema de la seguridad vial están: hábitos, comportamientos y conductas seguros en la vía, sensibilidad social y aprecio por la vida, derechos y responsabilidades del ciudadano, tolerancia y respeto hacia los demás, entre otros temas.

Conoce más de la Ley 1503 de 2011.

Fecha de publicación: mayo 14 de 2014.
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