El paso del POS al PBS y el aplicativo Mipres son algunos de los cambios más relevantes en el Sistema de Salud.
¿Está enterado de qué va a pasar con el POS? ¿Sabe qué son el PBS, la UPB, y el Mipres? Estos son los cambios más reciente del Sistema de Salud.
Los cambios
- Se modificó el nombre de POS, Plan Obligatorio de Salud, a PBS, Plan de Beneficios en Salud, para resaltar que es un Plan con unos servicios determinados por el Gobierno, que serán actualizados según las necesidades del país.
- Se eliminó el trámite de autorización ante el Comité Técnico Científico para los afiliados al régimen contributivo. El médico entrega la fórmula al usuario para que vaya directamente a farmacia y reclame su prescripción.
- Se evaluó cuáles de los servicios que antes se entregaban por CTC deberían estar incluidos en el POS y fueron efectivamente añadidos por medio de la Resolución 6408 de 2016. Algunos servicios no quedaron incluidos.
- Se definió un proceso para determinar las exclusiones del Sistema de Salud en varias fases, donde se especificarán aquellos servicios que quedan definitivamente excluidos de los servicios de salud del Sistema de Seguridad Social.
- Se creó el aplicativo Mipres (Mi prescripción no cubierta por el Plan de Beneficios), una plataforma en línea donde se encuentra el listado de tecnologías, sean medicamentos, procedimientos o servicios que no están incluidos en el Plan de Beneficios en Salud, pero que pueden formularse por fuera de este, bajo la responsabilidad del médico que lo solicite.
Ahora, bajo el concepto de autonomía y autorregulación, el médico (afiliado a la red de EPS), bajo su propio criterio, decidirá si solicita una opción terapéutica determinada. Al hacerlo, se convierte en el médico tratante de esa persona y se hace responsable por la evolución de dicho tratamiento. Por otro lado, si el médico tratante decide que un tratamiento que le solicita el paciente no es pertinente, asumirá de cara al Ministerio y al Sistema de Seguridad Social la responsabilidad de esta decisión. Por eso deberán ser muy cuidadosos en estas valoraciones.
¿En qué me afecta esto si soy usuario de póliza?
La póliza tiene cobertura de tratamientos pre y poshospitalarios, pero hay tratamientos ambulatorios que no están cubiertos por ella. Un cliente de póliza, que además está asegurado en una entidad promotora de salud (EPS), puede tener acceso a los medicamentos que ella cubre.
Por esta razón, si el profesional que lo atendió, a través de su póliza de salud no hace parte de la red de profesionales con acceso a la plataforma Mipres y formula un medicamento no incluido en el POS (ahora PBS), el paciente puede comprarlo o solicitar una cita en la IPS asignada. Allí encontrará los profesionales que, de acuerdo con su criterio médico, determinarán si encuentran pertinente este tratamiento o no.
Si, por el contrario, el profesional de salud que lo atendió a través de su póliza sí cuenta con el acceso a dicha plataforma, formulará el medicamento por Mipres y continuará el proceso sin tener que dirigirse a la IPS.
Fuente: Luis Eduardo Vélez Guerra, M. D. Director Nacional Salud Sura y Servicios Extramurales.
Basado en la Ley estatutaria 1751 de 2015 y con la Resolución 3951 de 2016, el Gobierno nacional estableció el procedimiento de acceso, reporte de prescripción, suministro, verificación, control, pago y análisis de la información de servicios y tecnologías en salud no cubiertas por el Plan de Beneficios en Salud (PBS) creando una plataforma única de prescripción de estas tecnologías denominada Mipres.
¿Qué opina del aplicativo Mipres? ¿De qué manera se verá beneficiado con estos cambios?