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Cómo el teletrabajo cambió gustos y derechos laborales

23 mayo 2022 Sé relevante

Trabajo remoto. Trabajo a distancia. Teletrabajo. Home office. Términos que empezaron a usarse y conceptos que se aplicaron a partir de la pandemia y el confinamiento establecidos por los diferentes gobiernos. Muchas empresas se vieron obligadas a abrazar un cambio que, previo al Covid-19, ni siquiera tenían en agenda.

Este sacudón en el estilo de vida llevó a que mucha gente a plantearse  cómo vivía y qué quería para su vida. Un claro ejemplo es Estados Unidos y un fenómeno denominado la Gran renuncia, es decir, una ola masiva de personas que renunciaron a sus puestos de trabajo. Según Forbes, en agosto de 2021, cerca de  4,3 millones de personas dejaron su empleo. Lo que aún confunde a los analistas de esta tendencia es dónde van o qué hacen luego de renunciar. De estos estadounidenses, el 40% fueron de los sectores gastronómico, hotelero, turístico y de la salud. 

Beneficios del teletrabajo

La primera edición de 2022 del informe de Randstad Workmonitor revela las expectativas, estados de ánimo y comportamiento de los trabajadores en 34 países. Al respecto, arroja que el 25% de los trabajadores argentinos preferiría estar desempleado que sentirse infeliz en un trabajo, frente al 33% de trabajadores a nivel global. 

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Otros datos marcan que el 82% de los trabajadores argentinos considera de gran importancia contar con flexibilidad en términos de horarios de trabajo y el 71% considera muy importante disponerla para la ubicación del lugar de trabajo, esto incluye la posibilidad de realizar home office o trabajo remoto.

En el caso de Brasil, el 55% de los empleados renunciaría a su trabajo para disfrutar de la vida. A nivel mundial, esta cifra desciende a 48%. El 41% dejó su empleo por no encajar con su vida personal, porque considera que es más importante que la laboral (51%), en tanto que para un 90% la flexibilidad en términos de horas de trabajo es importante.

Por su parte en Chile, el 50% dejó su empleo por no encajar con su vida personal mientras que un 63%  valora su vida personal a la profesional. En cuanto a la flexibilidad el 83% privilegia este punto  y un 80 % valora el hecho de disponer de flexibilidad según la ubicación del lugar. 

Sobre estos resultados, Andrea Ávila, CEO de Randstad para Argentina y Uruguay, afirmó: “Los datos arrojados por el Workmonitor ponen de manifiesto el momento bisagra en el que nos encontramos actualmente, impulsado por el cambio de prioridades y de expectativas en relación al trabajo y la carrera laboral que generó el impacto de la pandemia en las personas, y muy especialmente en Millennials (nacidos entre 1982 y 1995, estimado) y Centennials (nacidos entre entre los años 1996 y 2012). 

Viviana Díaz, Directora del Diplomado en Negociación Sindical, Escuela de Negocios de la Universidad Católica Argentina (UCA) explica a Asegúrate de Vivir los perfiles de estos grupos. “Los Millennials necesitan el soporte tecnológico y a los cambios. Buscan, quieren crecer rápido, viven el momento y valoran lo intelectual y lo emocional”. Y sintetiza que “para ellos los espacios innovadores son motivadores, por eso la virtualidad es la clave para la retención de sus talentos, pero siempre combinada con la gestión de las emociones”.

Díaz, los diferencia de la Generación Z o Centennials. “Son la primera generación nativa digital. Son personas con un pensamiento más global, acostumbrados a la simplificación de tareas y al acceso casi ilimitado a la información. En lo laboral, buscan el teletrabajo al 100%, porque necesitan de un entorno dinámico que les permita administrar sus tiempos, y hacer lo que más les gusta: el multitasking. No les resulta fácil adaptarse, porque prefieren romper los esquemas, actuar con libertad y priorizar su autonomía, por ello es que la virtualidad es su fiel compañera”.

Otra encuesta de Deel junto a la consultora Momentive a más de 700 trabajadores – de entre 25 a 34 años – remotos en 86 países, entre febrero y marzo del 2022. Algunos de los resultados fueron que más de la mitad (59%) de los trabajadores contratados a través de Deel afirman que el trabajo remoto les permitió acceder a un aumento de sueldo, mientras que un 53% asegura que les brindó la posibilidad de acceder a una modalidad de trabajo más flexible y un 51% que el trabajo remoto les permitió aumentar la productividad. 

Esta modalidad de trabajo y su flexibilidad hizo que el 64% de los encuestados aumente sus ahorros porque tienen menos gastos en transporte y alimentos, entre otros. Y también el 83% de madres, y el 73% de padres con hijos menores de edad manifestó que el “home office” y su flexibilidad, ayudan con su paternidad y maternidad y a la vez cumplir con sus responsabilidades laborales.

Regulación del teletrabajo en América Latina

Si bien cada país tiene sus particularidades, las leyes establecen regulación de horas del trabajo y deberes y obligaciones de las empresas para con sus empleados. A continuación un breve detalle de las normas legales y aplicación en diferentes lugares de América Latina. 

  • Argentina: “La Ley 27.555 que regula el régimen legal del contrato de teletrabajo introduce cambios como por ejemplo, la tarea de los cuidados y el derecho a la desconexión digital. Respecto a este último, el mismo forma parte de la humanización de la tecnología, de cómo cuidamos nuestro sistema nervioso y cómo prevenimos el síndrome del cerebro quemado, el burnout digital (Bo.D), a través de la metodología GNT” explica Díaz.
  • Brasil: En su artículo Pandemia y teletrabajo en Brasil, la abogada Giselle Gonzalez Gonçalves  menciona que: “en Brasil el porcentaje de trabajadores a domicilio saltó de 3,8 millones de personas en 2018 a 7,9 millones en abril de 2021 (IBGE, 2021). En 2011, con la llegada de la Ley 12.551, que el trabajo realizado a distancia se equiparó al trabajo presencial mediante la modificación del artículo 6 de la CLT (Consolidação das Leis do Trabalho). En 2017, la Reforma Laboral introdujo el concepto de teletrabajo, añadiendo al artículo 75 de la CLT las letras A, B, C, D y E, en el capítulo II – A, «TELETRABAJO».
  • Chile: en la actualidad el teletrabajo está regulado. Ya en noviembre de 2018, la Cámara de Diputados chilena aprobó el proyecto, pero fue a partir de la pandemia que se volvió a tratar en octubre de 2019. El 24 de marzo de 2020, se promulgó el proyecto para la regulación del teletrabajo.
  • Colombia: el gobierno firmó el 11 de abril de 2022 el Decreto 555 que reglamenta la Ley de Emprendimiento y del Trabajo Remoto. El teletrabajo está regulado por la Ley 1221 del 2008 donde se crea la Red Nacional de Fomento al teletrabajo y por el decreto 884 del 2012 que la reglamenta.
  • El Salvador: el 20 de marzo de 2020, por Decreto Legislativo No. 600 se aprobó la Ley de Regulación del Teletrabajo según el trabajo de la investigadora María José Erazo, Teletrabajo en El Salvador. Factibilidad y retos ante la pandemia de Covid-19, “Lo más importante de esta ley es que estableció normas para una correcta comunicación entre empleadores y trabajadores, y una serie de lineamientos básicos para proteger al trabajador ante prácticas abusivas por parte del empleador, en el caso que de forma voluntaria ambas partes acuerden realizar el trabajo bajo esta modalidad”. 
  • México: en el 2020, se realizó la reforma al artículo 311 y la adición al capítulo XII BIS de la Ley Federal del Trabajo (LFT). Entre los puntos que establece se considera que los patrones deberán proporcionar, el equipo para el trabajo y asumir una parte de los servicios de internet, telefonía y luz. Y si bien en este país, se reactivó la economía, también hubo un aumento en cuanto a la informalidad. 
  • Panamá: se aprobaron seis normativas sobre el teletrabajo, cuatro decretos ejecutivos y dos leyes. Se destaca la ley 126, de 2020 y se modifica un artículo del Código de Trabajo. “La ley prevé la creación de una Red Nacional de Teletrabajo que incluya a la empresa privada, a las universidades, al sector público y a las organizaciones sociales para fomentar la cooperación y el intercambio de aprendizajes, investigaciones y buenas prácticas donde podemos participar activamente desde la academia y los Centros de Pensamiento a nivel nacional”, explica Jessica Hidalgo. 
  • Uruguay. La Ley de teletrabajo se promulgó en agosto 2021 la Ley No. 19.978. El objetivo es regular de manera general esta prestación de teletrabajo para todos los empleados dependientes del sector privado o de derecho público no estatal.

Para concluir Ávila reconoce que “estamos frente a un momento de cambio de mindset, de expectativas y de prioridades por parte de las personas y eso demanda a las organizaciones mayor flexibilidad y una nueva mirada para poder adaptarse rápidamente para atraer y retener al talento y mantenerse relevantes en términos de marca empleadora”.

Los cambios están a la vista y algunos más y otros menos, cuentan con la habilidad de adaptarse y vivir de acuerdo a sus principios. Por eso, para arriesgar y sentirse protegido SURA cuenta con diferentes seguros,  como de empresa, educación, vida y pensión. La vida es hoy.